jueves, 23 de abril de 2015

Más de 30.000 conductores han sido denunciados durante la última campaña de control de velocidad


Más de 30.000 conductores han sido denunciados durante la última campaña de control de velocidad.


Durante los siete días que ha durado la campaña de vigilancia y control de velocidad en las carreteras españolas, puesta en marcha por la Dirección General de Tráfico entre el 13 y 19 de abril, los agentes de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil han controlado la velocidad a 735.496 vehículos.



Del total de vehículos controlados, 32.186 conductores resultaron infractores, y por lo tanto denunciados por exceso de velocidad, lo que representa el 4,4% del total.

Dos de los conductores denunciados incurrieron en delito y fueron puestos a disposición judicial por exceder en más de 80 km/h la velocidad permitida en la vía, según se recoge en el Código Penal.

Debido al alto porcentaje de accidentes que se producen en las carreteras convencionales (las que disponen de un solo carril en cada sentido), se han reforzado los controles en este tipo de vía tanto con radares estáticos como dinámicos.


Vehículos
Controlados
Vehículos
Denunciados
Velocidad media de los vehículos denunciados
Autovía/ Autopista
Vel. Máxima 120 km/h)
239.688 9.347 138 km/h
Convencional
(Vel. Máxima 90-100 km/h)
439.608 19.905 114 km/h
Travesía
(Vel. Máxima 50 km/h)
56.200 2.934 71 km/h
TOTAL 735.496 32.186






















Por comunidades autónomas (ámbito DGT)

Comunidades Veh. Controlados Veh. Denunciados
Madrid 43.865 1.630
Castilla la Mancha 94.663 2.855
Extremadura 18.628 1.011
Andalucía 149.448 7.646
Valencia 52.840 3.457
Murcia 23.996 1.574
Baleares 9.913 341
Aragón 43.519 1.895
Navarra 11.167 464
La Rioja 7.267 413
Castilla y León 115.210 5.938
Asturias 26.289 988
Cantabria 12.158 442
Galicia 91.243 2.460
Canarias 35.290 1.072
 Total 735.496 32.186

























A estos resultados hay que sumar los controles que las distintas policías autonómicas y locales han realizado en su ámbito de actuación, colaboración muy importante de modo que se unifica el mensaje de respeto de los límites de velocidad establecidos, independientemente de la vía por la que se circule.

NORMATIVA

La Ley de Seguridad Vial y el Reglamento General de la Circulación, fija la normativa aplicable a los límites genéricos y específicos de velocidad, velocidad en adelantamiento y distancias entre vehículos.

El incumplimiento de estas normas está tipificado como infracción grave o muy grave, sancionadas con multas de 100 a 600 euros, tal y como se recoge en la siguiente tabla:


Además, el artículo 379 del Código Penal, estipula que “el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años”.

Además, el sistema de Permiso por Puntos contempla la pérdida entre 2 y 6 puntos por este tipo de infracción dependiendo del exceso de velocidad cometido. Desde que se puso en marcha la Ley de Permiso por puntos, más de un 40% de las sanciones y más de un 48% de los puntos detraídos lo han sido por exceso de velocidad.

Fuente: DGT Dirección General de Tráfico www.dgt.es

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