En
los cinco primeros meses de este año han fallecido en vías
interurbanas, 26 personas en los 21 accidentes mortales en los que
estuvo implicada al menos una furgoneta. El año pasado, en el mismo
periodo fallecieron cinco personas menos.
Este
incremento junto con la observación por parte de los agentes de la
Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil de que estos vehículos son
frecuentemente utilizados como si fueran turismos son algunos de los
motivos que llevan a la Dirección General de Tráfico a realizar una
campaña especial para intensificar los controles a furgonetas, furgones,
vehículos mixtos adaptables y derivados de turismo, durante los días 16
y 17 de junio, vehículos que se conducen con el mismo permiso de
conducción que un turismo, pero que tienen características diferentes a
los turismos que hacen que no se conduzcan igual.
Durante
estos dos días se establecerán más de 500 puntos de control en las
carreteras, sobre todo en las convencionales, que son las que mayor
índice de siniestralidad registran y en zonas próximas a centros
comerciales, polígonos industriales y lugares de carga y descarga. Los
controles también se realizarán durante la noche.
3.500
agentes de la Agrupación de Tráfico, 500 de ellos pertenecientes a la
especialidad de Transporte comprobarán la velocidad, la documentación
tanto del vehículo como del conductor, la carga transportada, si los
conductores conducen con presencia de alcohol y drogas o si se ha
pasado la correspondiente Inspección Técnica de Vehículos, cuestiones
todas ellas relacionadas con la seguridad vial.
PARECIDOS PERO DIFERENTES
Las
furgonetas presentan unas características dinámicas y de utilización
distintas a otros vehículos que las hace diferentes, no solo en lo que a
conducción se refiere sino también a la accidentalidad.
· Las
velocidades máximas a las que pueden circular este tipo de vehículos es
distinta a la de los turismos, tal y como se recoge en el art. 48 del
Reglamento de Circulación.
Límites máximos de velocidad
Vehículos derivados de turismo y vehículos mixtos adaptables
|
Autopista/Autovía
|
100 km/h
|
Vía convencional con
1,5 metro arcén
|
90km/h
| |
Resto vías fuera de poblado
|
80 km/h
|
Furgones
|
Autopista/Autovía
|
90km/h
|
Vía convencional con
1,5 metro arcén
|
80 km/h
| |
Resto vías fuera de poblado
|
70 km/h
|
· Suelen ser utilizados para transporte rápido de mercancías, de ahí que sea un vehículo principalmente de uso laboral.
· La
normativa que se aplica a los vehículos pesados de transporte de
mercancías no afecta a los vehículos objeto de este control. No llevan
tacógrafos ni limitadores de velocidad, por lo que sus conductores
pueden conducir muchas más horas, sin posibilidad de que los agentes lo
puedan verificar.
· El
peso total del vehículo es 2 ó 3 veces más elevado que el de un
turismo, hecho que afecta a la conducción y que no siempre se tiene en
cuenta. Suelen ser más altos que un turismo, por lo que el centro de
gravedad es más alto y por lo tanto más inestables y más sensibles a los
vientos laterales.
· Además del peso, la correcta
sujeción de la carga es vital en caso de accidente tanto para la
persona que ocasiona el accidente como para los ocupantes del otro
vehículo o vehículos implicados. Hay que sujetarla y distribuirla
uniformemente, colocando los objetos de mayor peso sobre la plataforma
interior, entre los dos ejes.
Debido
a la importancia de colocar la carga, la DGT editó un video informativo
en el que se explica cómo se debe sujetar y colocar la mercancía que se
transporte en las furgonetas. Este video se puede ver en el canal de Youtube de la DGT
· A
mayor masa de la furgoneta, mayor distancia de seguridad se debe
mantener para detener el vehículo a tiempo ante cualquier imprevisto.
· El
41% del parque de furgonetas tiene una antigüedad de más de 15 años. Un
adecuado mantenimiento y superar la ITV es esencial para garantizar que
se realiza el desplazamiento con seguridad.
La periodicidad de la ITV de estos vehículos es diferente a la de los turismos, tal y como se muestra en este cuadro
ITV de vehículos ligeros y derivados de turismo
Matriculación
|
Periodicidad
|
Menos de 2 años
|
Exento
|
De 2 a 6 años
|
2 años
|
De 6 a 10 años
|
1 año
|
Más de 10 años
|
6 meses
|
Fuente: DGT Dirección General de Tráfico www.dgt.es
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